La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una serie de resoluciones relevantes que impactan directamente el sistema financiero, el régimen tributario y el marco de transparencia en México, consolidando criterios que fortalecen la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En sesión del 6 de abril de 2026, el Máximo Tribunal abordó distintos asuntos que, en conjunto, redefinen el alcance de facultades administrativas, garantizan derechos fundamentales y corrigen distorsiones normativas.
Uno de los puntos centrales fue la validación del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que regula la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para incluir personas en la Lista de Personas Bloqueadas.
La Corte determinó que el bloqueo de cuentas bancarias:
Asimismo, estableció que el procedimiento:
En resoluciones relacionadas, la SCJN confirmó la validez de actos emitidos por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), particularmente en la inclusión de personas y empresas en la Lista de Personas Bloqueadas.
El Tribunal precisó que:
Además, se eliminaron criterios previos que limitaban estas acciones, al considerar que obstaculizaban el cumplimiento de compromisos internacionales.