Comunicado No.10/2024
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el voto de tres de sus cinco integrantes, aprobó ayer una resolución que tiene como propósito obstaculizar aún más la aplicación de medidas de protección del sistema financiero mexicano mediante incorporaciones a la Lista de Personas Bloqueadas que lleva a cabo la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En un procedimiento para resolver una contradicción entre dos instancias judiciales, la Segunda Sala optó por hacer más difícil validar solicitudes de entidades extranjeras para bloquear personas físicas y morales en México. Al interpretar el término “solicitud expresa”, le añadió otros requisitos, tales como la existencia de un convenio que establezca la reciprocidad explícita y obligatoria entre el país solicitante y México, elemento que no existe en el sistema internacional de inteligencia financiera, lo que podría hacer imposible satisfacer en nuestro país cualquier solicitud procedente del extranjero.
La Segunda Sala tiene una jurisprudencia dictada con motivo de una “interpretación conforme” de varios amparos atraídos por la Corte misma, con la cual se ha pretendido desde 2018 hacer nugatoria la facultad gubernamental de incorporar a la Lista de Personas Bloqueadas a sujetos considerados como peligrosos o altamente riesgosos para que se les impida realizar operaciones financieras dentro del país. No se trata de una sanción sino de una medida preventiva fijada por la Ley de Instituciones de Crédito y aplicada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Unidad de Inteligencia Financiera. Sin embargo, para la Segunda Sala de la SCJN ese procedimiento no concuerda con la Constitución a menos de que sea solicitado por un país extranjero, a lo que ahora se le añaden nuevos impedimentos en forma de requisitos imposibles de cumplir.
El Gobierno de México ha solicitado a la Suprema Corte de Justicia que su Segunda Sala elimine la jurisprudencia de 2018 que tanto daño ha causado. Esta solicitud ha sido admitida, pero la Segunda Sala todavía no ha discutido el tema; en cambio, el día de ayer le agregó nuevos elementos.
Antes del examen del proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, la Unidad de Inteligencia Financiera envió una carta a los integrantes de la Segunda Sala exponiendo la inconveniencia de aprobar el contenido de dicho proyecto y recordando que la misma Segunda Sala ha admitido a examen la solicitud del Gobierno de México para eliminar la jurisprudencia en esta materia con el fin de terminar con un conflicto que sólo beneficia a quienes realizan operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya sean delincuentes organizados o servidores públicos corrompidos, y que perjudica al sistema financiero, a la economía y a la sociedad. La experiencia ha demostrado que la mencionada jurisprudencia (denominada “Medina Mora” debido a los apellidos del entonces ministro que la impulsó y organizó procesalmente su aprobación) no protege a la ciudadanía sino a quienes realizan actividades de lavado de dinero.
Sigue entonces pendiente el examen de este asunto en la Suprema Corte para eliminar los obstáculos judiciales impuestos a las funciones propias de la inteligencia financiera y el combate a la delincuencia y la corrupción, sin menoscabo de que también sigue abierto el camino de las reformas legislativas.
FUENTE: Gobierno de México
POR: Unidad de Inteligencia Financiera | 10 de octubre de 2024 | Comunicado