Suprema Corte refuerza el combate al lavado de dinero y redefine criterios clave en materia financiera y tributaria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una serie de resoluciones relevantes que impactan directamente el sistema financiero, el régimen tributario y el marco de transparencia en México, consolidando criterios que fortalecen la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

En sesión del 6 de abril de 2026, el Máximo Tribunal abordó distintos asuntos que, en conjunto, redefinen el alcance de facultades administrativas, garantizan derechos fundamentales y corrigen distorsiones normativas.

Bloqueo de cuentas: medida preventiva y no sanción

Uno de los puntos centrales fue la validación del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que regula la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para incluir personas en la Lista de Personas Bloqueadas.

La Corte determinó que el bloqueo de cuentas bancarias:

  • Es una medida administrativa y preventiva, no una sanción penal
  • No implica declarar culpabilidad
  • Tiene como objetivo proteger el sistema financiero

Asimismo, estableció que el procedimiento:

  • Garantiza el derecho de audiencia
  • Permite ofrecer pruebas
  • Obliga a la autoridad a fundar y motivar sus decisiones
  • Puede ser impugnado ante tribunales

Papel de la UIF y estándares internacionales

En resoluciones relacionadas, la SCJN confirmó la validez de actos emitidos por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), particularmente en la inclusión de personas y empresas en la Lista de Personas Bloqueadas.

El Tribunal precisó que:

  • El bloqueo puede aplicarse con base en indicios suficientes, sin necesidad de una solicitud extranjera
  • La UIF puede actuar con información nacional e internacional
  • Estas facultades deben interpretarse conforme a estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)

Además, se eliminaron criterios previos que limitaban estas acciones, al considerar que obstaculizaban el cumplimiento de compromisos internacionales.

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